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Título: El anticipo de legítima sin dispensa de colación y el tráfico. Jurídico bancario
Asesor(es): Aparicio Aldana, Zhenia Djanira; Alegre Cotos, Mario
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2010
Institución: Universidad César Vallejo
Resumen: Teniendo en cuanta que, en aplicación de la tesis de la autonomía de la voluntad, podemos disponer libremente nuestros bienes y derechos, sin restricción más que las normas de orden público y las buenas costumbres; nuestro ordenamiento jurídico permite los actos de disposición, a titulo oneroso o gratuito, celebrados entre personas que mantienen vínculos de parentesco y que, por lo tanto tienen entre sí derechos hereditarios expectaticios. Cuando se trata de actos de liberalidad a título gratuito, llamados por la doctrina actos de liberalidad, surge el inconveniente, pues aquella persona que tiene herederos forzosos no puede disponer libremente de todos sus bienes, sino solamente de una parte de ellos, por lo cual se deberá reservar el resto para sus legitimarios; esto teniendo en cuenta que, Ante tal acto de disposición de bienes, se generan problemas al momento de abrir la sucesión respecto de los bienes, obligaciones y derechos, dejados por el causante dado que, por ejemplo cuando un heredero recibe un bien vía anticipo de legítima, este válidamente puede considerar que dicho bien ya es de su propiedad, por lo tanto disponer de él como le plazca, pues cuenta incluso con la denominada publicidad registra!; De esta manera, al considerar el bien como propio, el anticipado puede obtener un préstamo garantizado.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad César Vallejo. Facultad de Derecho y Humanidades
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 10-abr-2024



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