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Pereira Alagón, Yuri Jhon
Peralta Flores, Franclin
Mogollón Holgado, María del Carmen
2017-03-06T14:34:04Z
2017-03-06T14:36:12Z
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2016-12-21
https://hdl.handle.net/20.500.12557/645
En los últimos años, hemos sido testigos de hechos delictivos que han captado la atención de gran parte de la prensa y a la sociedad en general. Esto no necesariamente por la gravedad de los mismos, sino por quienes fueron perpetrados. Es así que hoy, con más visibilidad, actos de homicidio, violación de derechos fundamentales, secuestros, extorciones, entre otros delitos graves, implican activamente a adolescentes que cometen un hecho tipificado como delito o falta, de acuerdo a la legislación penal, el artículo 231 del Código de los Niños y Adolescentes señala que puede ser sometido a las siguientes sanciones como son: a) Socioeducativas. b) Limitativas de derecho. SANCIONES c) Privativas de libertad El inquietante incremento de los índices delincuenciales en nuestra sociedad, especialmente entre la población juvenil, ha ocasionado que un numeroso sector de la ciudadanía vincule los hechos ilícitos cometidos por adolescentes comprendidos entre los 14 a 16 años de edad con una manifiesta impunidad auspiciada por el Código de los Niños y Adolescentes; algunos medios de comunicación masivos haciendo eco de esta concepción también abogan por una reforma legislativa al respecto... De allí que surgió la idea que comprende el título del presente trabajo “LA APLICACION DE MEDIDAS SOCIOEDUCATIVAS DE INTERNACIÓN DE 6 A 10 AÑOS PARA LOS MENORES INFRACTORES DE LA LEY PENAL”. Lógicamente este reclamo social tiene incidencia directa en el plano socio - político estableciendo pautas de actuación en un sector de la clase política, que escuchando el “deseo de los ciudadanos” han apostado por estrategias basadas en la represión (comúnmente identificadas como “mano dura”) tal solución efectiva para frenar el auge de la delincuencia juvenil. Con ello, surge para muchos, el interés por hacer una revisión o replanteamiento sobre la edad más acorde para imputar penalmente a un menor infractor y darles el trato merecido. Paralelamente, organizaciones y personalidades defensoras de los Derechos de los Niños y Adolescentes han mostrado su oposición a este tipo de propuestas; pero finalmente abordaremos el tema bajo el precepto de quien mata o comete algún delito grave ya no cuenta con la inocencia de un niño, menos aun con las pautas que se deben orientar en los adolescentes. (es_PE)
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La aplicación de medidas socioeducativas de internación de 6 a 10 años para los menores infractores de la ley penal. (es_PE)
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