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Título: Exoneración de alimentos en alimentistas que cursan estudios superiores
Palabras clave: Obligación alimentaria
Fecha de publicación: 6-nov-2017
Institución: Universidad San Pedro
Resumen: El estado protege a la familia y la reconoce como un instituto fundamental de la sociedad conforme lo establece el artículo 4° y 6° de la Constitución Política del Perú, promoviéndose así la paternidad y maternidad responsable, que no es más que el deber de alimentación, educación y seguridad que deben de brindar los padres a los hijos, evitando la apertura de procesos de alimentos. En caso de no existir paternidad y maternidad responsable, esta irresponsabilidad afecta no solamente a los alimentos sino también a su educación, desarrollo intelectual y futuro del mismo, que conforman el "Proyecto de vida" del hijo alimentista. Los padres al incumplir con sus obligaciones asistenciales originan un gran daño al proyecto de vida de los hijos, evitando la realización personal y profesional del alimentista; es por ello que el proyecto de vida no es más que la visión de proyectarse en un futuro, constituyendo planes existenciales. En caso de existir paternidad y maternidad responsable, se puede decir que los padres están cumpliendo con sus obligaciones como progenitores de los hijos; sin embargo, a la fecha aún existe desconocimiento por parte de los beneficiarios que se encuentran en estado de necesidad y no exigen a los padres a cumplir con sus obligaciones alimentarias. De ello se desprende que en los Juzgados de Paz Letrado de Huacho no haya madres demandadas por alimentos. Los alimentos son los medios materiales necesarios para satisfacer las necesidades básicas del alimentista quienes son principalmente los menores de edad que no pueden valerse por sí mismos por su corta edad; sin embargo, la ley señala que los alimentos pueden beneficiar a los hijos mayores de edad que estén siguiendo estudios con éxito o a los hijos mayores de edad incapacitados debidamente comprobados, siendo ello sujetos a su a presupuestos que no ser cumplidas por parte de los alimentistas pueden recaer en su perdida, pudiendo el obligado iniciar un proceso de exoneración de alimentos
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad San Pedro. Facultad De Derecho Y Ciencias Politicas
Grado o título: Abogado
Jurado: Valderrama Calderon, Marino Jesus; Abrego Herrera, Marcelo
Fecha de registro: 7-mar-2018



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