Title: IMPLICANCIAS DE LA IMPOSICIÓN DE LA CADENA PERPETUA EN DIFERENTES FIGURAS DELICTIVAS EN EL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE POTRACANCHA- 2016
Issue Date: 2017
Institution: UNIVERSIDAD DE HUÁNUCO
Abstract: El Centro Penitenciario de Potracancha es uno de los penales con las mismas características de todos los penales al interior del país y del mundo. Desde el momento que llegan los internos observan lo deteriorada que se encuentran la infraestructura, sus paredes sucias y polvorientas, expuesta de tuberías de agua deteriorando las paredes y los pisos, que se descascaran y pueden colapsarse en cualquier momento, la falta de implementos de los custodios de manera arcaicas para los visitantes. Ninguno de los sentenciados lleva un uniforme que los identifique, permitiendo confundirse con las visitas, solo se reconoce por sus tatuajes, cortes y miradas. En el establecimiento el mantenimiento, la disciplina y la recreación están a cargo de los internos. Divididos en pabellones y cada pabellón tiene un jefe al cual no se le cuestiona su autoridad. La sobrepoblación en el establecimiento penitenciario origina el hacinamiento, donde los reclusos están expuestos de enfermedades venéreas o tuberculosis, en el establecimiento impera la ley del más fuerte. En cuanto a la alimentación es un caos, los internos luchan por recibir algo de la comida paupérrima. Existe violaciones entre los propios internos solo quedan en la impunidad porque nadie denuncia de los hechos, existen contagios de diversas enfermedades entre las víctimas. El tópico del establecimiento no cuenta con personal especializado ni con instrumentos médicos adecuados y las medicinas son escasas.
El objetivo primordial de los sentenciados es la reeducación, rehabilitación y reincorporación a la sociedad, siendo necesario someterlo a una terapia llamada criminología clínica, basándose en el principio de humanidad. Los sentenciados quienes fueron condenados a cadena perpetua era inhumana, cruel y degradante, [lesionadora del principio] de proporcionalidad de las penas, de negación de los beneficios penitenciarios y del derecho internacional humanitario. “La cadena perpetua sólo es inconstitucional si no se prevén mecanismos temporales de excarcelación, vía los beneficios penitenciarios u otras que tengan por objeto evitar que se trate de una pena intemporal” y estableció la obligación de los jueces de “revisar las sentencias condenatorias” de cadena perpetua.
Debemos reconocer, sin embargo, que estamos ante una denominación que transmite un fuerte mensaje, tanto al condenado como a la comunidad, así como innegables efectos sedantes para quienes reclaman más castigo. Pero tales efectos no son lo suficientemente disuasivos para los potenciales delincuentes.
Ahora bien, si tenemos en cuenta las condiciones deplorables y desiguales de nuestro sistema penitenciario, que no favorece la reinserción del reo a la sociedad de un modo productivo ni la regeneración de los vínculos sociales o familiares rotos por la comisión del delito, quizá sea mejor así. Quizá sea mejor poner límites temporales al castigo estatal. En buena cuenta, la cadena perpetua es mucho más que un castigo; es el reconocimiento de la incapacidad del propio sistema social.
Discipline: Derecho Y Ciencias Políticas
Grade or title grantor: Universidad de Huánuco. Facultad de Derecho Y Ciencias Políticas
Grade or title: Abogado
Register date: 6-Nov-2017