Bibliographic citations
Salazar, R., (2019). Proceso civil: expediente n° 61445-2004-0- 1801-JR-CI-34, Materia: desalojo y Proceso constitucional: expediente n° 57694-2002-0- 1801-JR-CI-16, Materia: acción de amparo [Universidad Tecnológica del Perú]. https://hdl.handle.net/20.500.12867/4953
Salazar, R., Proceso civil: expediente n° 61445-2004-0- 1801-JR-CI-34, Materia: desalojo y Proceso constitucional: expediente n° 57694-2002-0- 1801-JR-CI-16, Materia: acción de amparo []. PE: Universidad Tecnológica del Perú; 2019. https://hdl.handle.net/20.500.12867/4953
@misc{renati/811752,
title = "Proceso civil: expediente n° 61445-2004-0- 1801-JR-CI-34, Materia: desalojo y Proceso constitucional: expediente n° 57694-2002-0- 1801-JR-CI-16, Materia: acción de amparo",
author = "Salazar Huaman, Rodolfo Javier",
publisher = "Universidad Tecnológica del Perú",
year = "2019"
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[Proceso constitucional]: El presente proceso es uno de naturaleza constitucional, denominada «acción de amparo», también denominada acción de garantía, el cual busca proteger y/o restablecer los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Perú, de todo ciudadana y ciudadano, que hayan sido afectado o puedan ser afectado. En el presente caso, el demandante arguyó en su demanda, que se le está «afectando a la salud y la vida, al negársele retrovirales y medicamentos, en calidad de paciente con tratamiento de VIH/SIDA». Por su parte, las entidades del estado demandadas, arguyeron «que no hubo afectación a los derechos fundamentales, por el contrario, están dando cumplimiento a ley». Siendo un proceso constitucional, su desarrollo se inició ante el Juez constitucional -cabe la precisión que para el inicio de la demandada no existía la especialidad constitucional, por lo que el proceso se inició ante un juez civil- quien expidió una sentencia a favor del demandante; sin embargo, el Procurador Publico del Ministerio de Salud, presentó medio impugnatorio de apelación, lo que motivó que el proceso sea analizado por los Jueces Superiores, ante ésta decisión, el demandante presentó un Recurso de Agravio Constitucional - RAC, lo que motivo que la presente causa termine siendo de conocimiento del Tribunal Constitucional, que a su vez, declaró fundada la demandada de acción de amparo a favor del demandante, por afectación a los derechos fundamentales.
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