Citas bibligráficas
Martínez, Y., (2023). Desnaturalización de contrato y reposición. Expediente N° 01394-2013-0-0401-JR-LA-01 / Prescripción adquisitiva de dominio. Expediente N° 02211-2014-0-0401-JR-CI-02 [Trabajo de Suficiencia Profesional, Universidad San Ignacio de Loyola]. https://hdl.handle.net/20.500.14005/13747
Martínez, Y., Desnaturalización de contrato y reposición. Expediente N° 01394-2013-0-0401-JR-LA-01 / Prescripción adquisitiva de dominio. Expediente N° 02211-2014-0-0401-JR-CI-02 [Trabajo de Suficiencia Profesional]. PE: Universidad San Ignacio de Loyola; 2023. https://hdl.handle.net/20.500.14005/13747
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title = "Desnaturalización de contrato y reposición. Expediente N° 01394-2013-0-0401-JR-LA-01 / Prescripción adquisitiva de dominio. Expediente N° 02211-2014-0-0401-JR-CI-02",
author = "Martínez Pariona, Yanet Marlene",
publisher = "Universidad San Ignacio de Loyola",
year = "2023"
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En el presente trabajo desarrollare el análisis del expediente N° 02211-2014-0-0401-JR-CI-02, que trata sobre prescripción adquisitiva de dominio y sus principales piezas procesales, así mismo, estudiare los conceptos relacionados a la prescripción adquisitiva. En el primer capítulo, se analiza la demanda de prescripción adquisitiva de dominio interpuesta por el señor Mauricio Solis Huayllano y la señora Berta Flores Pfoccoalata el día 24 de marzo del 2014, en la vía del proceso abreviado, ante el Juzgado Civil de Arequipa, contra de la señora Marlene Yarleque Valdiviezo, utilizando el argumento de que ha vivido en el inmueble desde el año 1997, donde nacieron sus tres menores hijos y que ha asumido el cumplimento de todas las obligaciones derivadas. En primera instancia, se declara fundada la demanda. En segunda instancia, la Sala Civil resuelve revocar la sentencia emitida en la primera instancia pues esta concluye que los demandantes acreditan la posesión continua, pacífica y publica a título de propietarios solo desde el año 2010, es decir, hasta presentada la demanda se advierte que han pasado cuatro años. Por último, la Corte Suprema de Justicia de la Republica, después de analizar el caso declara improcedente el recurso de casación, por no contar con los requisitos de procedencia contemplados en los incisos 2, 3 y 4 del artículo 388 del C.P.C., pues el Supremo Tribunal ha dejado establecido que las cuestiones referidas a rebatir criterio jurisdiccional o revalorar los medios probatorios, no pueden ser cuestión de debate en sede casatoria. En el segundo capítulo, se expone los antecedentes legislativos mencionando como se configuro jurídicamente la prescripción adquisitiva a lo largo de la historia; y el análisis doctrinario mencionando las principales teorías que se han desarrollado y que han influido en el desarrollo de la legislación respecto a la prescripción adquisitiva, por último, se analizara el marco legal y evolución legislativa en el Perú tomando en cuenta los distintos códigos civiles que han existido. En el tercer capítulo, se hace referencia a casos que han marcado jurisprudencia a nivel nacional, desarrollando los principales puntos controvertidos de los mismos.
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