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Romero Mendoza, Joel
Quiroz Barrantes, Francisco Martín
2017-11-20T16:49:18Z
2017-11-20T16:49:18Z
2016
http://hdl.handle.net/20.500.14074/1253
La conversión material del negocio jurídico nulo debe ser acogida por nuestro Código Civil de 1984, en mérito a los principios generales de la Teoría del Negocio Jurídico como son la conservación del negocio jurídico y la buena fe contractual, a fin de que prevalezca la común intención de las partes; asimismo, nuestros jueces nacionales recurriendo al método de la auto integración pueden aplicar dicha figura jurídica en razón a los principios antes indicados. Para ello, se ha determinado que la nulidad del negocio jurídico no debe ser entendida como la consecuencia inmediata aplicable a un negocio jurídico que adolezca de un vicio, sino como una sanción excepcional, y que el ordenamiento jurídico al normar la autonomía privada, lo ha realizado con la finalidad de brindar protección jurídica a la autorregulación de intereses de las partes, por lo que conservar los efectos jurídicos de los mismos debe ser uno de sus fines principales. (es_PE)
Tesis (es_PE)
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Universidad Nacional de Cajamarca (es_PE)
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Universidad Nacional de Cajamarca (es_PE)
Repositorio Institucional - UNC (es_PE)
Negocio Jurídico (es_PE)
Conversión Material Del Negocio Jurídico Nulo (es_PE)
Buena Fe Contractual (es_PE)
La aplicación de la conversión material del negocio jurídico nulo en las decisiones judiciales en el Perú (es_PE)
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Universidad Nacional de Cajamarca. Escuela de Posgrado (es_PE)
Derecho Civil y Comercial (es_PE)
Maestria (es_PE)
Maestro en Ciencias. Mención Derecho Civil y Comercial (es_PE)
Pública



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