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Título: Informe jurídico sobre el recurso de nulidad N°615-2015
Asesor(es): Torres Pachas, David Ricardo
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Fecha de publicación: 15-ago-2022
Institución: Pontificia Universidad Católica del Perú
Resumen: El presente informe jurídico se origina ante la decisión de la Corte Suprema de absolver al expresidente Alberto Fujimori del delito de peculado por considerar que la Constitución no le otorga vínculo funcional especial con los recursos públicos del Servicio de Inteligencia Nacional. La Corte también considera a este delito como uno de infracción del deber institucional al que solo se le debe aplicar la teoría del autor único que no diferencia autores de partícipes mediante un criterio material, sino bajo el criterio de la infracción del deber institucional. La investigación busca determinar si el artículo 118 inciso 17 de la Constitución puede otorgar al presidente de la república vinculación funcional con los caudales públicos y si la teoría de los delitos de infracción de deberes institucional es aplicable en el sistema penal peruano, con los efectos que ello conlleva para la interpretación del delito de peculado y de las instituciones dogmático-penales de la autoría y participación. Para elaborar el trabajo nos basamos en las teorías de los delitos especiales desarrolladas por Claus Roxin, Günter Jakobs y Bernd Schünemann y en las investigaciones y jurisprudencia relativas al delito de peculado. Para ello, empleamos un método de investigación documental y dogmática. Los resultados del informe señalan que las teorías de infracción del deber de Roxin y Jakobs no son adecuadas para nuestro ordenamiento penal y que el artículo 118 inciso 17 de la Constitución si otorga la vinculación funcional requerida por el tipo de peculado. La conclusión para el caso concreto es que la Corte debió haber condenado a Alberto Fujimori como coautor del delito de peculado.

This legal report originates from the decision of the Supreme Court to acquit former President Alberto Fujimori of the crime of embezzlement on the grounds that the Constitution does not grant him a special functional link with the public resources of the National Intelligence Service. The Court also considers this crime as one of breach of institutional duty to which only the single perpetrator theory should be applied, which does not differentiate perpetrators from participants through a material criterion, but rather under the criterion of breach of institutional duty. The investigation seeks to determine if article 118, paragraph 17 of the Constitution can grant the president of the republic a functional relationship with public funds and if the theory of crimes of infraction of institutional duties is applicable in the Peruvian penal system, with the effects that This entails for the interpretation of the crime of embezzlement and the dogmatic-criminal institutions of authorship and participation. To elaborate the work, we are based on the theories of special crimes developed by Claus Roxin, Günter Jakobs and Bernd Schünemann and on the investigations and jurisprudence related to the crime of embezzlement. To do this, we use a documentary and dogmatic research method. The results of the report indicate that the Roxin and Jakobs theories of infraction of duty are not adequate for our criminal system and that article 118, paragraph 17 of the Constitution does grant the functional link required by the type of embezzlement. The conclusion for the specific case is that the Court should have convicted Alberto Fujimori as co-author of the crime of embezzlement.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Pontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derecho.
Grado o título: Abogado
Jurado: Díaz Castillo, Ingrid Romina; Torres Pachas, David Ricardo; Rodriguez Olave, Giovanna Yahaira
Fecha de registro: 15-ago-2022



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