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Toledo Toribio, Omar
2013-08-20T21:05:52Z
2013-08-20T21:05:52Z
2005
https://hdl.handle.net/20.500.12672/2123
En virtud del instituto de la Cosa Juzgada las resoluciones que hayan adquirido tal autoridad (resoluciones consentidas o ejecutoriadas) son inmutables, es decir, que las mismas no pueden ser materia de variación o alteración alguna; asimismo, respecto de los hechos materia de pronunciamiento no cabe debate alguno en el procedimiento en el que se ha expedido la resolución ni en ningún otro procedimiento. Esta institución en nuestro medio ha sido elevada a la categoría de mandato constitucional contenido en el artículo 139 inciso 13 de la Carta Política, según el cual constituye principio y derecho de la función jurisdiccional la prohibición de revivir procesos fenecidos con resolución ejecutoriada. De manera que, y como reza el adagio latino del non bis in idem, frente a la sentencia ejecutoriada no cabe sino cumplir su mandato, sin que pueda volverse a discutir el asunto ya debatido (...)
Tesis
spa
Universidad Nacional Mayor de San Marcos
info:eu-repo/semantics/openAccess
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Repositorio de Tesis - UNMSM
Cosa juzgada - Perú
Nulidad (Derecho) - Perú
Fraude - Perú
La Nulidad de cosa juzgada fraudulenta en el ordenamiento procesal civil peruano
info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Facultad de Derecho y Ciencia Política. Unidad de Posgrado
Derecho con mención en Derecho Civil y Comercial
Magíster en Derecho con mención en Derecho Civil y Comercial
PE
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
https://purl.org/pe-repo/renati/level#maestro
https://purl.org/pe-repo/renati/type#tesis
Pública



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