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Burneo Labrín, José Antonio
Luque Armestar, Liliana Andrea
2020-08-03T16:47:16Z
2020-08-03T16:47:16Z
2019
Luque, L. (Año). El sistema de presentación de informes periódicos, establecido por el Protocolo de San Salvador, adoptado por la OEA en 1988. Tesis para optar el grado de Magíster en Derecho con mención en Derecho Constitucional y Derechos Humanos. Unidad de Posgrado, Facultad de Derecho y Ciencia Política, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú.
https://hdl.handle.net/20.500.12672/12706
El primer capítulo versa sobre las implicancias del “Protocolo de reformas de la Carta OEA de 1993” respecto del SPIP del PSS18. Así, se sostiene que la supresión de los órganos designados por el artículo 19.2 del PSS ha generado un vacío respecto de las instituciones que deberían analizar y evaluar los informes periódicos de los Estados Parte del PSS. Para tal fin, analizaremos lo dispuesto por el artículo 19 del PSS y el impacto del “Protocolo de Reformas a la Carta OEA de 1993”, en relación al SPIP-PSS. El segundo capítulo desarrolla las actividades y competencias de la AG OEA y del Grupo de Trabajo, creado por la AG OEA en el 2005, sobre el SPIP-PSS regulado por el artículo 19 del PSS. A tales efectos, se analiza lo dispuesto por el PSS respecto de las competencias de la Asamblea General de la OEA en el SPIPPSS. Además, se analiza las actividades reglamentarias de la “Asamblea General de la OEA”, así como del GTPSS sobre el SPIP-PSS, desarrolladas de conformidad con el PSS. Y, se aborda el análisis de aquellas otras actividades reglamentarias de la Asamblea General de la OEA y del GTPSS sobre el SPIP-PSS que han sido emitidas en violación del PSS. El tercer capítulo consiste en el desarrollo de la temática relativa a la vigencia de las competencias facultativas de los órganos que participan en el SPIP-PSS, según el artículo 19 del “Protocolo de San Salvador”. Así, el análisis se focaliza en el estudio de la competencia material de los Organismos Especializados de la OEA, que a la fecha, son cinco. Lo anterior, permitirá establecer la relación entre los referidos mandatos materiales y los derechos reconocidos en el Protocolo de San Salvador. El cuarto capítulo versa sobre la competencia panamericana de la “Comisión IDH” para la protección de los DESC según la Carta OEA. Se aborda la competencia de la “Comisión IDH” para la protección de los DESC, en virtud de lo establecido en la Carta OEA, diferenciándola de la competencia facultativa para participar en el SPIP-PSS del PSS y de las competencias establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos para conocer cualquier queja o denuncia relativa a los DESC. Ello, permitirá sostener la competencia panamericana para la protección de los DESC de la Comisión IDH.
Tesis
spa
Universidad Nacional Mayor de San Marcos
info:eu-repo/semantics/openAccess
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Repositorio de Tesis - UNMSM
Derechos humanos
Derecho constitucional
El sistema de presentación de informes periódicos, establecido por el Protocolo de San Salvador, adoptado por la OEA en 1988
info:eu-repo/semantics/masterThesis
Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Facultad de Derecho y Ciencia Política. Unidad de Posgrado
Derecho con mención en Derecho Constitucional y Derechos Humanos
Maestria
Magíster en Derecho con mención en Derecho Constitucional y Derechos Humanos
PE
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
https://purl.org/pe-repo/renati/level#maestro
08773307
Palomino Manchego, José Félix
Hernández Campos, Carlos Augusto Leopoldo
Soto Vallenas, Víctor Gastón Aquiles
Cubas Barrueto, Oscar José
https://purl.org/pe-repo/renati/type#tesis
Pública



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