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Title: Análisis jurídico del juicio valorativo realizado por el tribunal constitucional respecto al conflicto de derechos generado por las medidas de seguridad ciudadana (Reja) en las urbanizaciones y el libre tránsito en Arequipa 2016
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Issue Date: 2016
Institution: Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa
Abstract: La presente investigación sirve para analizar el juicio valorativo realizado por el Tribunal Constitucional en sus precedentes vinculantes, que aparentemente permiten instalar mecanismos de seguridad implementados por los propios ciudadanos, otorgándoseles a los mismos la prerrogativa de determinar quién ingresa o simplemente quién transita por una vía pública. Es importante determinar la constitucionalidad de dicha medida y estudiar a profundidad las recomendaciones dictadas por el Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pueblo para que su colocación no sea declarada ilegal. El origen de las rejas está asociado a diversas causas, siendo la violencia urbana y la inseguridad las más importantes en la actualidad. Las rejas reflejan una medida desesperada por parte de algunos vecinos quienes manifiestan que tienen derecho a una seguridad ciudadana, puesto que el Estado no viene cumpliendo con su rol y no la garantiza de manera efectiva ante un largo número de problemas sociales como son la violencia, inseguridad urbana, delincuencia callejera. Sin embargo, para lograr una visión de este fenómeno es importante considerar no sólo las causas que dieron origen a la instalación de mecanismos de seguridad vecinal, sino también las consecuencias, principalmente en términos sociales y del proceso de segregación social urbana que está implícito en su desarrollo. Las características de este fenómeno son opuestas a la visión contemporánea de la ciudad como lugar de encuentro e integración social, pues surgen espacios residenciales cerrados que en la ciudad de Arequipa se han convertido en una forma cada vez más difundida y común en el entorno urbano. La investigación de esta problemática social se realizó por el interés de conocer los alcances de las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional, pues aparentemente a pesar de las limitaciones que en ellas se contemplan, las rejas y otras medidas de seguridad vecinal extremas siguen proliferando, dada la situación de indefensión en el que nos ha colocado el Estado por su actuar pasivo y no contar con una Policía Nacional del Perú eficiente. Lamentablemente, es mucho más fácil instalar una reja que combatir la delincuencia de raíz, aunque ello implique el sacrificio de principios constitucionales básicos. Profundizar la indagación desde la perspectiva académica nos permite encontrarnos frente a una idea que nos parece ordinaria y evidente gracias a los tiempos en que nos ha tocado vivir. Sin embargo, esto no fue siempre así. Nuestros estudios de Historia Universal nos permiten saber que los derechos fundamentales han sido el producto de una extraordinaria transformación producida en la mentalidad occidental a partir del siglo XVIII. Fue a partir de entonces que se empezó a considerar que todas las personas tienen derechos. Grande ha sido la influencia de esa transformación: si antes la tortura y la esclavitud eran parte de la vida cotidiana hoy abominamos de ellas y sabemos que la misma Independencia de nuestro país y de toda América se alcanzó gracias a un derecho concebido en aquella época, el de libre determinación de los pueblos. Los extraordinarios acontecimientos del siglo XVIII, cuya manifestación más excelsa fue la Revolución Francesa, dieron origen a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano que fue el primer documento en el que se publicó la idea de que todas las personas tienen iguales derechos. Con ello se dio inicio a la tradición de plasmar los derechos en todo tipo de documentos para garantizar que sean respetados. Declaraciones, constituciones políticas, tratados y leyes consagran los derechos que las sociedades reconocen a sus ciudadanos y exigen diseñar mecanismos para garantizar que no sean vulnerados. Si el mundo cambió de manera tan radical fue gracias a un grupo de pensadores que impulsaron las ideas que lograron revolucionar el mundo hasta nuestros días. Pero ello en modo alguno significa que se haya llegado a la meta. En realidad, la civilización como estadio de la evolución cultural, está en un proceso permanente de cambio buscando perfeccionar sus formas y por tanto los derechos fundamentales han recorrido un camino largo y hasta tortuoso para llegar a ser tal como los reconocemos hoy y eso seguirá sucediendo en tanto exista la civilización. Con los años, los derechos se han venido complementando y perfeccionando. Los primeros derechos fundamentales reconocidos estaban destinados a proteger la libertad de los individuos frente a la intervención del Estado y los abusos del poder; entre ellos encontramos el derecho a la vida, el derecho a la libertad de tránsito, el derecho a la privacidad, derecho a la libertad de pensamiento. Básicamente son civiles y políticos y hoy los llamamos derechos de primera generación. Los derechos de segunda generación son los que tienen naturaleza económica, social y cultural -tales como el derecho a trabajar, el derecho de recibir un salario igual por trabajo de igual valor, el derecho a la salud, educación, vivienda derecho a la alimentación- y se empezaron a reconocer a mediados del siglo XX con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, después de que el mundo sufriera los horrores de la Segunda Guerra Mundial. Más recientemente, los derechos de tercera generación tienen que ver con los derechos colectivos, de solidaridad o de humanidad que se disfrutan en conjunto, como sucede con el derecho a vivir en un medio ambiente sano. Así pues, los Derechos Fundamentales son todos aquellos derechos humanos plasmados en un ordenamiento jurídico y están ligados a la dignidad de la persona dentro del Estado y de la sociedad y cada derecho fundamental jurídicamente tiene la estructura normativa basada en la capacidad que le permite a cada persona efectuar determinados actos, es decir que son instituciones jurídicas que tienen la forma de un derecho subjetivo. El tema que nos ocupa se relaciona con dos de los derechos civiles fundamentales: el derecho a la libertad de tránsito y el derecho a la seguridad. Nos queda claro que las rejas sirven para separar a los ciudadanos, por lo que su justificación debe ser estudiada minuciosamente a la luz de los precedentes vinculantes emitidos por el Tribunal Constitucional para determinar si son congruentes a las causas que los originaron y las consecuencias que han provocado y provocan mientras continúan y finalmente si el derecho fundamental de libertad de tránsito se encuentra o no transgredido. La investigación se encuentra dividida en cinco capítulos, siendo que en el primer capítulo denominado “El Derecho a la Seguridad y la Seguridad Ciudadana” se hace un análisis respecto a la seguridad ciudadana en el Perú como bien jurídicamente protegido en nuestro ordenamiento, las competencias administrativas en materia de seguridad ciudadana y los factores de la crisis. Por otro lado, se hacen reflexiones tomando como base el Plan Nacional del Sistema de Seguridad Ciudadana Peruana determinando la situación delincuencial actual en el Perú y acusando los conceptos dañinos para enfrentar la crisis de seguridad ciudadana. En un segundo capítulo, al que se le denomina “La Libertad de Tránsito” se desarrolla las definiciones del derecho a la libertad de tránsito, se hace un análisis de la forma en la que los instrumentos internacionales desarrollan dicha libertad, determinándose la forma en la que debería protegerse el derecho a la libertad de tránsito. En el tercer capítulo, al que se ha denominado “Precedentes Vinculantes Emitidos por El Tribunal Constitucional”, se establece la importancia de las sentencias emitidas por este ente, a través de las cuales se reflexiona sobre el sistema de control de tránsito público y la necesidad de establecer criterios generales. En el capítulo cuarto “El Interés Individual Versus el Interés Colectivo” se realiza un juicio valorativo respecto al conflicto entre derechos, analizando el problema del conflicto y sus posibles soluciones, delimitando conceptualmente temas como el bien jurídico, los intereses y derechos colectivos, el interés público, los derechos individuales, los principios constitucionales, la protección de la libertad de tránsito como “derecho individual fundamental” y la instalación de mecanismos de seguridad para resguardar la seguridad ciudadana como derecho colectivo. Finalmente, a través de un capítulo quinto, denominado “Análisis de Encuestas y Resultados” verificamos la proliferación de rejas y los conceptos que respecto de ellas tiene la ciudadanía.
Discipline: Maestría en Ciencias del Derecho con mención en Derecho Constitucional y Tutela Jurisdiccional
Grade or title grantor: Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa.Unidad de Posgrado.Facultad de Derecho
Grade or title: Maestro en Ciencias del Derecho con mención en Derecho Constitucional y Tutela Jurisdiccional
Register date: 20-Mar-2018



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