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Título: Los derechos fundamentales de identidad y dignidad del menor en la ausencia de límites a los padres para la elección de los pre nombres de sus hijos: Bases para un control ex ante en nuestro ordenamiento jurídico
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa
Resumen: El presente trabajo de investigación que lleva por enunciado: “Los derechos fundamentales de identidad y dignidad del menor en la ausencia de límites a los padres para la elección de los pre nombres de sus hijos: Bases para un control ex ante en nuestro ordenamiento jurídico”, pretende dar las bases de una propuesta legislativa, de manera sistemática y congruente a los principios del ordenamiento jurídico, sobre una problemática que evidenciamos en una anterior investigación de nuestra autoría , sobre el pre nombre que se le designa a una persona al registrarlo en las oficinas de los registros de personas naturales correspondientes, el que procederemos a sintetizar en las próximas líneas. Partimos por el hecho de que todas las personas tienen el derecho a un nombre, el que está expresamente enunciado en el inciso 1° del art.2 de la Constitución política peruana, su fundamentación y regulación especial civil, la tenemos en el art.19° del Código Civil peruano y en lo que respecta a su composición y normativa especial, tenemos las normas administrativas internas que tiene el RENIEC. A lo anterior, lo adecuado, es que, la regulación en toda composición, en lo que respecta a un asunto de relevancia constitucional y trascendencia personal-social, como el nombre, deba de respetar los márgenes constitucionales que eviten la vulneración a algún derecho, máxime si podría trastocar directamente al principio óbice de nuestro sistema jurídico, como lo es la “Dignidad de la Persona”, que es lo que, advertimos, está sucediendo. Actualmente, por el dinamismo que caracteriza al derecho se ha hecho frecuente que los pre nombres que los padres de familia vienen nominando a sus hijos, son cada vez más controversiales, tales, y sólo como por citar diez ejemplos: 1) “Mi cielo”, 2)”Amante”, 3)”Rolling Stone”, 4)”Ritual”, 5)”Spiderman”, 6)”Pluto”, 7) “Krilin”, 8)”Undertaker”, 9), propósito de nuestra investigación el llegar a sustentar por qué dentro del ordenamiento jurídico esta práctica sin restricciones normativas, abre la posibilidad de nominar a las personas recién nacidas , de manera no adecuada y qué repercusiones puede tener sobre la dignidad e identidad de los menores; nos proponemos poner las bases teóricas suficientes para justificar un cambio legislativo coherente que evite transgresiones utilizando algo inexistente hoy en la nuestra normativa como es el “Control ex ante del nombre” Para cumplir los fines señalados, en este trabajo, hemos propuesto abordar el siguiente desarrollo en su contenido: En el Capítulo I “El Derecho al nombre”, desarrollamos la teoría respecto a ésta importante institución jurídica, condensando las precisiones necesarias, pese a su diversidad que es mutable por asuntos culturales, realizando también un análisis de legislación comparada que servirá de sustento a nuestra propuesta. En el Capítulo II “La Protección Internacional a Los Menores Como Grupos Vulnerables”, abordamos la tutela especial que se debe tomar en cuenta en relación a los menores, considerados como grupos vulnerables, poniendo en relieve las directrices y contenido que el derecho internacional ha establecido para los países que lo conforman, en lo que a menores respecta. En el Capítulo III “La Identidad Del Menor Como Derecho Fundamental”, abordamos la importancia de la identidad y cuáles son sus aspectos, con direccionamiento específico en el caso de los menores que la desarrollan de una manera particular, dentro del contexto de los anteriores capítulos para darle sostenimiento a nuestra propuesta. En el Capítulo IV “La Dignidad De Los Menores Como Derecho Fundamental”, se desarrolla el punto álgido del trabajo, que es desarrollar qué aspectos del entorno de los menores podrían resultar perjudiciales para su dignidad, como derecho, que según a nuestra afirmación inicial, merecen una adecuada tutela; siendo así, lo que contrastaremos en el capítulo final. En el Capítulo V, “Obligaciones paterno filiales” Finalmente, en el Capítulo VI, denominado “Propuesta de un control ex ante al pre nombre de las personas”, abordamos en suma, las bases que a lo largo de los anteriores capítulos hemos desarrollado, apoyándonos, ya no sólo en la doctrina, sino también en el marco operativo de recopilación de datos que nos ofrece RENIEC, así como, las encuestas a los registradores en la ciudad de Arequipa y la entrevista a los psicólogos especialistas en menores que aborden su opinión sobre la problemática que planteamos. Para concluir nuestro trabajo, presentamos nuestras Conclusiones y Recomendaciones, así como nuestra Propuesta Legislativa, que termina arribando los aportes de esta investigación como contribución a nuestro cuerpo normativo nacional.
Disciplina académico-profesional: Maestría en Ciencias: Derecho, con mención en Derecho Constitucional y Tutela Jurisdiccional
Institución que otorga el grado o título: Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa.Unidad de Posgrado.Facultad de Derecho
Grado o título: Maestro en Ciencias: Derecho, con mención en Derecho Constitucional y Tutela Jurisdiccional
Jurado: Sacca Urday, Yamile; Paredes Bedregal, Emmel Benito; Roldan Humpire, Jose Angel
Fecha de registro: 18-feb-2021



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