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Fonseca de La Cruz, Leslie Esthefany
2021-10-20T21:29:27Z
2021-10-20T21:29:27Z
2021
https://hdl.handle.net/20.500.12727/8911
El presente Informe Jurídico versa sobre el análisis del Expediente Penal N° 5911-2015, el cual condenaron a A.A.T.F por el delito de hurto agravado en grado de tentativa, en agravio de C.A.T.G, quién este primero hurtó su teléfono móvil mientras que el agraviado iba manejando su vehículo brindándole servicio de taxi en el distrito de Miraflores el día 07 de mayo del 2015 en horas de la madrugada. El presente informe hace un análisis respecto, primero: si realmente se pudo acreditar la configuración del delito de robo, toda vez que al momento de captura de A.A.T.F, se le inculpó por el delito de robo agravado en grado de tentativa pues el agraviado había referido que éste utilizó violencia materializándolo con un cogeteo mientras manejaba; sin embargo, en el transcurso del proceso, el representante del Ministerio Público no logró acreditar ello pues no contaban con los elementos de prueba suficientes para demostrar la violencia, haciendo hincapié que el Ministerio Público fue negligente al no disponer diligencias inmediatas y, segundo: si realmente fue válida la variación de la calificación jurídica del hecho denunciado, esto es, de robo agravado en grado de tentativa, conforme lo hizo el representante del Ministerio Público en su formalización de denuncia, al delito de hurto agravado en grado de tentativa conforme lo rectificó en su dictamen acusatorio, pues no existió medio suficiente para acreditar la violencia del denunciado, lo cual la suscrita estuvo de acuerdo con dicha variación. Agregando además la conformidad de la variación de la determinación de la pena. Asimismo se analizó las circunstancias agravantes por la cual se agravó el delito tentado, esto es, “Durante la noche”, lo cual en ninguna instancia del proceso se advirtió, dando un análisis en tanto y en cuanto si realmente se tomaría como posición la postura funcional o cronológica. Finalmente se llega a las conclusiones en que, si bien es cierto, el denunciado A.A.T.F no cometió el delito de robo agravado en grado de tentativa, éste sí realizó el de hurto agravado en grado de tentativa pues en todo momento estuvo latente los elementos objetivos y subjetivos de este tipo penal, demostrando que si bien es cierto no se demostró la violencia, sin embargo hubo certeza en cuanto a la sustracción que éste realizó sobre el objeto material del delito en análisis. (es_PE)
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39 p. (es_PE)
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Repositorio Académico USMP (es_PE)
Universidad San Martín de Porres - USMP (es_PE)
Hurto agravado (es_PE)
Delito agravado (es_PE)
Denuncia (es_PE)
Informe Jurídico de Expediente Penal N° 5911-2015
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Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho (es_PE)
Derecho (es_PE)
Abogado (es_PE)
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70485049
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Oyarce Delgado, Jeannette Elaine
Jiménez Bernales, Juan Carlos
Rosales Artica, David Emmanuel
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Privada asociativa
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