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Title: Informe jurídico sobre expediente N° 00244-2021-0-0401-JR-CI-08
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Issue Date: 2024
Institution: Universidad de San Martín de Porres
Abstract: En este informe se analizará el proceso de desalojo por ocupación precaria tramitado en el Octavo Juzgado con especialidad en lo Civil de Arequipa e iniciado por la Sociedad Conyugal conformada por P.P.M.C. y N.P.V contra C.A.A.G con el propósito de obtener la entrega del inmueble ubicado en Manzana X, Lote XX, del Pueblo Joven Unión Edificadores Misti, Provincia y Departamento de Arequipa, el cual adquirieron mediante la celebración de una compra venta con los anteriores propietarios. En su escrito de contestación, el demandado indica que ha vivido en el inmueble toda su vida como hijo legítimo de los anteriores propietarios, con quienes, desde el año 2005, celebró un contrato verbal de arrendamiento. En Audiencia Única el juez ordena realizar la Inspección Judicial al inmueble. En la referida Inspección, el Juez pudo conocer a la Señora A.F.T.C. (esposa del demandado), el Señor M.A.A.T (hijo del demandado), y la Señora J.V.C.L (suegra del demandado), quienes son incorporados al proceso como Litisconsortes necesarios pasivos. En la sentencia se establece que el derecho de los demandantes está inscrito en los Registros Públicos y el asiento tiene eficacia. Asimismo, el Juez indica que el demandado no ha demostrado un título que justifique su posesión ya que el contrato de arrendamiento verbal o los pagos de la renta a favor de los anteriores propietarios no generan ningún efecto de protección frente al título del demandante, el cual es un derecho inscrito en Registros Públicos. A razón de ello, declara fundada la demanda. Ante la decisión expedida, el demandado interpone recurso de apelación, indicando que la resolución buscó determinar si la parte accionante tiene o no la calidad de propietaria, siendo que esta evaluación no puede formar parte de un proceso de desalojo. Asimismo, señala que no se han valorado los hechos en una secuencia de tiempo correcta. La Corte Superior confirma la sentencia expedida por la Primera Instancia, por lo cual, el apelante interpone recurso de casación contra la Sentencia de Vista, el cual es rechazado debido a que la referida sentencia tiene doble conformidad de fallo.
Note: Modalidad de obtención de grado y título sin designación de asesor; Modalidad de obtención de grado y título sin designación de asesor
Discipline: Derecho
Grade or title grantor: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grade or title: Abogado
Juror: Siguas Rivas, Miguel Julián; Casassa Casanova, Sergio Natalino; Ormeño Malaria, Mercedes Isabel
Register date: 3-Jul-2024



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