Título: Informe de Expediente Civil N 04083-2011-0-1801-JR-FC-06 Sobre Divorcio por Causal de Separación de Hecho. Informe de Expediente Administrativo N 955-2018-CC2 Sobre Protección al Consumidor
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad de Lima
Resumen: Materia: Divorcio por Causal de Separación de Hecho Nº de Expediente: 04083-2011-0-1801-JR-FC-06. El presente informe versa sobre una demanda de divorcio por causal de separación de hecho, en el cual el demandante interpone dicha demanda a su aún cónyuge para disolver el vínculo matrimonial, alegando que pasó el tiempo suficiente estipulado por ley para que su demanda pueda ser resuelta favorablemente por el Poder Judicial. Sin embargo, el conflicto se centra cuando la demandada considera ser la cónyuge más perjudicada con la separación de hecho invocando las atribuciones que se especifican en el artículo 345-A del Código Civil. El presente proceso concluye con la debida aplicación del III Pleno Casatorio Civil otorgándole a la demandada una indemnización por ser declarada la cónyuge más perjudicada por la separación. Materia: Protección del Consumidor Nº de Expediente: 955-2018-CC2. El presente informe versa sobre una denuncia por la presunta infracción al artículo 38 de la Ley 25791 - Código de Protección y Defensa del Consumidor sobre la prohibición de la discriminación de los consumidores, interpuesta por la ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES INDIGNADOS PERÚ contra el restaurante LA ROSA NÁUTICA S.A. El debate jurídico del expediente incorpora una apelación por parte del denunciante, al ser declarada INFUNDADA la denuncia; por ello, alega que existe una diferente interpretación respecto de los medios probatorios presentados. Además, que, en el tiempo transcurrido entre la resolución de Comisión y la resolución de la Sala, se hizo un cambio de criterio por parte de dicho Colegiado; en relación al modo en el que debían analizarse las conductas donde existía un trato desigual que no se encontrara justificado de manera objetiva y razonable, entendiéndose que ello bastaría para configurar un acto discriminatorio. El procedimiento concluye con un empate en la votación hecha por la Sala; por ello, se requirió el voto dirimente del presidente de la Sala Especializada en Protección al Consumidor, con en el que se declara FUNDADA la denuncia.
Nota: No se incluye el texto completo del documento en concordancia con la Directiva N° 004-2016-CONCYTEC-DEGC que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto, así como la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de Lima. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Valencia Corominas, Jorge; Salas Villalobos, Sergio; Rojas Leo, Juan
Fecha de registro: 15-dic-2021