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Quispe Hinostroza, Sthefany Alejandra
2023-11-17T18:30:23Z
2023-11-17T18:30:23Z
2023
https://hdl.handle.net/20.500.12727/12895
En el Informe Jurídico se analiza el delito de robo agravado, tanto a nivel doctrinal como jurisprudencial en el marco del expediente N°03127-2018 cuyo hecho suscito el día 20 de abril de 2018 cuando C.J.D.N., retiró la suma de US$ 35,200.00 dólares de la agencia Interbank ubicada en el Jirón Leoncio Prado Nº 890 - Magdalena del Mar, posterior a ello abordó un taxi en el cruce de Jr. Leoncio Prado con Jr. Bolognesi ubicándose en el asiento posterior lado derecho del vehículo, al llegar al cruce del Jr. Larco Herrera con la Av. del Ejército en Magdalena del Mar, el agraviado mira hacia atrás para verificar si alguien lo seguía, esperando el cambio del semáforo, es allí que lo interceptan dos sujetos ambos a bordo de una moto lineal de color oscuro y utilizaban cascos, siendo que el denunciado J. E. R. S., es quien conducía la moto lineal, la cual se estaciona al lado del conductor y el otro sujeto aun no identificado baja y se colocó al lado derecho de la puerta posterior, provisto de una arma de fuego, que golpeó la ventana posterior lado derecho y rebusca los bolsillos delanteros y coge los dos celulares del agraviado, después el denunciante J.E.R.S. quien manejaba la moto lineal; le dice al otro sujeto “coge la bolsa de plástico tomando la bolsa el otro sujeto aun no identificado; conteniendo en su interior la suma de US$ 35,200.00 dólares; para luego huir con dirección a la Av. Brasil en el distrito de Magdalena. Con fecha 15 de noviembre de 2018: Se emite sentencia de conclusión anticipada e IMPONEN: DIEZ AÑOS y DOS MESES de pena privativa de la libertad, la misma que con el descuento de carcelería que viene sufriendo desde el 09 de Mayo del 2018, fecha en la que fue detenido, vencerá el 08 de Julio del 2028; FIJARON: la suma de CUATRO MIL SOLES, el monto que por concepto de reparación civil deberá abonar el sentenciado a favor del agraviado, misma que fue recursada por recurso de nulidad, con fecha 18 de febrero de 2020 la Sala Pena Permanente de la Corte Suprema de Justicia, DECLARARON NO HABER NULIDAD en la sentencia, que condenó a J.E.R.S. como autor del delito contra el patrimonio-robo agravado. (es_PE)
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40 p. (es_PE)
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Universidad de San Martín de Porres (es_PE)
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Repositorio Académico USMP (es_PE)
Universidad San Martín de Porres - USMP (es_PE)
Proceso penal (es_PE)
Delito contra el patrimonio (es_PE)
Robo agravado (es_PE)
Informe Jurídico de Expediente Penal N° 03127-2018
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Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho (es_PE)
Derecho (es_PE)
Abogado (es_PE)
PE (es_PE)
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70094071
421016 (es_PE)
Príncipe Trujillo, Hugo Herculano
Oyarce Delgado, Jeannette Elaine
Rosales Artica, David Emmanuel
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Privada asociativa
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