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Zevallos, O., (2021). Controversias constitucionales en la interpretación de la base imponible del impuesto por distribución de utilidades de sucursales en el país de entidades no domiciliadas [Universidad de Lima]. https://hdl.handle.net/20.500.12724/15176
Zevallos, O., Controversias constitucionales en la interpretación de la base imponible del impuesto por distribución de utilidades de sucursales en el país de entidades no domiciliadas []. PE: Universidad de Lima; 2021. https://hdl.handle.net/20.500.12724/15176
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title = "Controversias constitucionales en la interpretación de la base imponible del impuesto por distribución de utilidades de sucursales en el país de entidades no domiciliadas",
author = "Zevallos Miranda, Osman Francisco",
publisher = "Universidad de Lima",
year = "2021"
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El presente trabajo de investigación aborda la controversia constitucional generada por la interpretación de SUNAT y del Tribunal Fiscal del Segundo Párrafo del Inciso e) del Artículo 56 de la Ley del Impuesto a la Renta que regula la base imponible al impuesto por distribución de utilidades por parte de sucursales en Perú de entidades no domiciliadas. Tanto SUNAT como el Tribunal Fiscal consideran que, para establecer la base imponible del impuesto mencionado, la Ley del Impuesto a la Renta prevé una ficción tributaria que no permite considerar las pérdidas de años anteriores, lo cual genera que la entidad no domiciliada deba tributar sobre una distribución de utilidades inexistente cuando aún tiene pérdidas de años anteriores. Consideramos que la interpretación de SUNAT y del Tribunal Fiscal vulnera principios constitucionales que le asisten al contribuyente no domiciliado como los Principio Constitucionales de respeto a la Capacidad Contributiva, Reserva de Ley, No Confiscatoriedad e Igualdad en materia tributaria. Creemos que dentro de la Ley del Impuesto a la Renta es posible encontrar una interpretación que respete los límites constitucionales que impone la Constitución Política del Perú. Así, bajo los métodos de interpretación histórico, literal, sistemático por la ubicación de la norma e interpretación conforme a la constitución creemos que es posible deducir las pérdidas para determinar la base imponible en la determinación del Impuesto a la Renta por distribución de utilidades de sucursales a entidades no domiciliadas. Adicionalmente, en el desarrollo del trabajo de investigación revisamos el tratamiento tributario que se ha dado al impuesto a la distribución de utilidades por parte de sucursales en Perú de entidades no domiciliadas en Colombia, México y Chile, concluyendo que en todos ellos no se ha previsto una base imponible que no considere las pérdidas de años anteriores.
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