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Farfán Carriano, Carlos Martin
Marquez Loayza, Pamela Briseida
Yauri Gomez, Zayda Patricia
2024-08-13T16:19:00Z
2024-08-13T16:19:00Z
2024-07-26
https://hdl.handle.net/20.500.14308/5668
El Acuerdo Plenario N° 5 – 2019 /CJ-116, establece como doctrina jurisprudencial vinculante, que la regulación que se realiza en el Art. 20.11 del Código Penal Peruano vigente, puede servir de excusa para que los efectivos policiales o miembros de las fuerzas armadas, pueda desarrollar sus funciones en forma arbitraria, sino que la misma debe realizarse respetando los derechos fundamentales de las personas, así como también indica que este uso de la fuerza debe ser menor a la fuerza que ha desarrollado el agente delictivo. En la presente tesis, se ha desarrollado la evolución legal y modificaciones que ha sufrido el Art. 20.11 del Código Penal, así como la duplicada aparente regulación que existe de esta causa de justificación con la causa eximente de responsabilidad penal regulada en el Art.20.8 del mismo cuerpo legal. Así tenemos que en Capítulo I, abordamos en forma detallada la situación problemática que se pretenda dar solución, indicando que el comportamiento que desarrollan los efectivos de la policía nacional y/o fuerzas armadas que causen lesiones a las personas, podría tener una doble regulación a través de los incisos 8 y 11 del artículo 20 del Código Penal. En el Capítulo II se desarrolla convenientemente el marco teórico de la investigación, en el que se ha abordado los trabajos de investigación nacionales e internaciones que tiene relación con el tema propuesto; poniéndose gran atención a la que hace Sandoval (2021), cuando refiere que la causal establecida en el inc. 2 del Art. 20 del Código Penal es una causa de causa de justificación y al adquirir dicha categoría lo transforma en una conducta atípica. En el Capítulo III, se hace referencia a las hipótesis y variables, planteando como hipótesis general: La regulación del Art. 20.11 del Código Penal, como causal eximente de responsabilidad penal, por causa de justificación, no es necesaria, por cuanto que ya existe una causal de inimputabilidad regulada en el Art. 20.8 del Código Penal de similares características. El Capítulo IV, desarrolla la metodología empleada, siendo una metodología aplicada, documental y explicativa, debido a que tomares conocimientos existentes para pretender solucionar problemas sociales, además que se han revisados fallos judiciales para arribar convenientemente a las conclusiones; así mismo para completar la investigación se ha efectuado la encuestas a los fiscales provinciales penales, jueces penales (de investigación preparatoria y unipersonal) y abogados litigantes en procesos penales. En el Capítulo V se presentan los resultados de la investigación que se ha realizado, utilizando para ello los gráficos correspondientes y las tablas necesarias, indicando las conclusiones y ofreciendo las recomendaciones.
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Universidad Privada San Juan Bautista
info:eu-repo/semantics/restrictedAccess
Attribution-NonCommercial-NoDerivs 2.5 Peru (en)
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/
Eximente de responsabilidad penal
Causa de justificación de responsabilidad penal
Tipicidad
La justificación como causal de inimputabilidad de reponsabilidad penal innecesariamente regulada en el artículo 20 inciso 11 del Código Penal Peruano Distrito Judicial de Ica 2022
info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
Universidad Privada San Juan Bautista. Facultad de Derecho y Ciencias Empresariales
Derecho
Abogada
PE
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
https://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional
44070783
https://orcid.org/0009–0000–0184–5345
70272729
71801730
421016
Bravo Sender, Raúl Antonio
Delgado Ruidias, Eufemia Socorro
Peñaranda Calle, César Augusto
https://purl.org/pe-repo/renati/type#tesis
Privada societaria



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