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Título: Postular la prueba indiciaria en el proceso penal como garantía del deber de la carga de la prueba y el derecho a probar
Asesor(es): Luque Mamani, Reynaldo
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 1-ago-2022
Institución: Universidad Nacional del Altiplano
Resumen: En el proceso penal la acreditación de la responsabilidad penal del acusado puede determinarse a través de la prueba directa o mediante la prueba indiciaria. La posición mayoritaria asumida por la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional es que la prueba indiciaria constituye un método de apreciación probatoria y no un medio de prueba, por lo que no es necesario su postulación – R.N N°1248-2018/Libertad-. No obstante, el artículo 158° del NCPP del 2004 faculta al investigado ofrecer contraindicios para enervar las pruebas de cargo; por lo que, en aras de garantizar el derecho a probar y la carga de la prueba la Corte Suprema en el R.N N.°3023-2012/ Lima, contrariamente a lo expresado, señaló que la postulación indiciaria es un deber de quien quiera probar sus afirmaciones a través de la prueba inferencial, este deber se extiende principalmente al órgano persecutor penal. A luz de las contradicciones, es que el presente trabajo de investigación pretende determinar si vulnera la carga de la prueba que ostenta el Ministerio Público y el derecho a probar que tiene el imputado en la sentencia condenatoria mediante prueba indiciaria que no fue previamente postulada por el persecutor penal. La investigación tiene como objetivos específicos identificar la naturaleza del a prueba indiciaria, determinar si se transgrede la carga de la prueba y el derecho a probar si la Fiscalía no postula la prueba indiciaria; y, finalmente, fijar el estadio procesal en el que el representante del Ministerio Público debe postular tal prueba. La metodología usada ha permitido concluir que la prueba indiciaria no es un medio de prueba, sino un método de valoración probatoria no exclusiva del órgano jurisdiccional, y que en virtud de carga de la prueba y el derecho a probar el fiscal debe postular la prueba indiciaria en la etapa intermedia.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Grado o título: Abogado
Jurado: Cuentas Cuentas, Julio Jesus; Valdez Peñaranda, Jovin Hipolito; Espinoza Coila, Michael
Fecha de registro: 1-ago-2022; 1-ago-2022



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