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Title: El filtro de constitucionalidad: una crítica a los procesos destinados a garantizar el principio constitucional tributario de no confiscatoriedad
Advisor(s): Céspedes Paisig, Luis Eli
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Issue Date: 28-Jun-2017
Institution: Universidad Privada del Norte
Abstract: RESUMEN La Constitución Política ha dotado al Estado peruano de potestad tributaria, entendida esta como la facultad legislativa en materia tributaria y a su vez también la ha limitado a través de los llamados principios constitucionales tributarios, los cuales deben ser observados al momento del proceso normativo de creación de normas tributarias. Estos principios a los cuales hacemos referencia han sido recogidos en el artículo 74° del texto constitucional, pudiendo identificar cuatro:, principio de reserva de ley, principio de igualdad, principio de no confiscatoriedad y de respeto a los derechos fundamentales; sin embargo existen otros principios que inspiran la tributación que han sido desarrollados por la doctrina y jurisprudencia, nos referimos al principio de capacidad contributiva, principió de seguridad jurídica y de solidaridad. Estos principios constitucionales, son de plena aplicación a los tributos extrafiscales, es decir a aquellos tributos cuyo fin no es recaudar, sino cualquier finalidad constitucionalmente deseada, finalidad que encuentra sustento constitucional en el llamado principio de solidaridad que ha sido desarrollado por el Tribunal Constitucional dotándolo de cierto carácter supra-constitucional, lo cual ha dado lugar a que en nuestro país se incorporen tributos a nuestro ordenamiento jurídico basado en el principio de solidaridad y en inobservancia de los principios constitucionales tributarios, vulnerándose el principio de no confiscatoriedad de los tributos. La situación descrita claramente vulnera los derechos constitucionales de los contribuyentes, existiendo mecanismos procesales destinados a garantizar estos derechos y el orden constitucional en nuestro país, dentro de los cuales podemos encontrar las garantías constituciones –proceso de amparo e inconstitucionalidad- y el proceso contencioso administrativo. No obstante en la jurisprudencia constitucional nacional las garantías constitucionales no han logrado tutelar de manera efectiva el principio vulnerando, debido a que las reglas procesales establecidas por estos procesos los convierten en inidóneos para garantizar el principio de no confiscatoriedad, ya sea porque obstaculizan el acceso a la jurisdicción, limitan la capacidad de actuar pruebas, se restringe el principio de pluralidad de instancia o la naturaleza del proceso se contrapone a la del principio afectado.

ABSTRACT The Constitution has given the Peruvian state tax authority, understood as the legislative authority in tax matters and in turn has limited through so-called tax constitutional principles which must be observed when the regulatory process for creating tax regulations. These principles to which we refer are listed in Article 74th of the Constitution, can identify four: the principle of legality, principle of legal reserve, principle of equality, principle of non-confiscatory and respect for fundamental rights; however there are other principles underlying taxation that have been developed by the doctrine and jurisprudence, we refer to the principle of ability to pay, principle of legal certainty and solidarity. These constitutional principles are fully applicable to the non-tax taxes, those taxes whose purpose is not to raise, but any constitutionally intended purpose, purpose is constitutional support in the socalled principle of solidarity that has been developed by the Constitutional Court endowing certain supra-constitutional nature, which has resulted in our country our taxes based on the principle of solidarity and disregard constitutional principles of tax law are incorporated, violating the principle of non-confiscatory taxes. The situation described clearly violates the constitutional rights of taxpayers, there procedural mechanisms to ensure these rights and constitutional order in our country, within which we find the guarantees under -process constitutions and unconstitutionality- and administrative proceedings. However in national constitutional law constitutional guarantees have failed to protect effectively the principle infringed, because the procedural rules established by these processes become to guarantee the principle of non-confiscatory, either because they hinder access to jurisdiction, limiting the ability to act evidence, the principle of plurality of instance or the nature of the process of confronting the affected principle is restricted.
Note: Cajamarca
Discipline: Derecho
Grade or title grantor: Universidad Privada del Norte. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Grade or title: Abogado
Juror: Miyasato Bazán, Carlos Alberto; Villar León, Carlos Eustaquio; Salazar Chávez, Homero Absalón
Register date: 23-Aug-2017; 23-Aug-2017



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