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Título: Expediente civil n° : 00945-2014-0-0201-JP-FC-02 materia : aumento de alimentos Expediente penal n° : 00843-2013-0201-JR-PE-01 materia : lesiones graves por violencia familiar
Asesor(es): Henostroza Duque, Jesus Ricardo
Palabras clave: AlimentosAumento de Alimentos
Fecha de publicación: 8-nov-2019
Institución: Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo
Resumen: El presente informe contiene un estudio minucioso de los procesos judiciales: en materia civil, los cuales van a ser analizados detalladamente, sobre la tramitación del proceso judicial, y si dicha tramitación se ha llevado a cabo teniendo en cuenta los principio procesales establecidos así como la normatividad vigente, de igual manera se hará un desarrollo de conceptos generales de los temas a tratar, jurisprudencia y los problemas incurridos por los jurisdiccionales, en primera y en segunda instancia. En el presente informe trataremos sobre la demanda de Aumento de Alimentos, planteada por la demandante Kaqui Castillo Mireya Mariela, en representación de sus menores hijos, en contra del demandado Rodríguez Bautista Rigoberto Diógenes, el cual se encuentra regulado en el artículo artículo 482° del Código Civil. En el presente caso trataremos sobre una institución del Derecho de Familia, los alimentos, el cual podemos encontrar en el Capítulo Primero como “Alimentos”, del Título I “Alimentos y Bienes Familiares” de la Sección Cuarta “Amparo Familiar” del Libro II “Derecho de Familia”, de los artículos 472° al 487° del Código Civil, debiendo entenderse por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento propiamente dicho: comida, alojamiento, vestido, asistencia médica y por supuesto, la educación o instrucción para quien ha quedado en estado de necesitarlo, por incumplimiento, directamente obligado; por otro lado nuestra Constitución Política del Estado considera este derecho como uno de vital importancia, puesto que con los alimentos se ayuda principalmente a preservar la supervivencia de la persona, razón por la cual este derecho no solo ha quedado como una garantía nacional, asimismo el tema en sí que nos corresponde es el aumento de alimentos prescrito en el artículo 482, "La pensión alimenticia se incrementa o reduce según el aumento o la disminución que experimenten las necesidades del alimentista y las posibilidades del que debe prestarla”; el cual se tendrá en cuenta siempre partiendo del interés superior del niño y adolescente. La finalidad del presente trabajo se espera cumplir con las expectativas de los lectores, de las que el suscrito se ha trazado, asimismo permita obtener la finalidad para la cual ha sido elaborado, obtener el título profesional
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 9-nov-2019



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