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Vega, Y., (2021). Informe Jurídico de Expediente Civil N°04083-2011-0-1801-JR-FC-06 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/9964
Vega, Y., Informe Jurídico de Expediente Civil N°04083-2011-0-1801-JR-FC-06 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2021. https://hdl.handle.net/20.500.12727/9964
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Title: Informe Jurídico de Expediente Civil N°04083-2011-0-1801-JR-FC-06
Authors(s): Vega Valverde, Yvanova Consuelo
Keywords: Divorcio; Causal de separación; Remuneraciones
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Issue Date: 2021
Institution: Universidad de San Martín de Porres
Abstract: En el expediente signado con el número 04083-2011-0-1801-JR-FC-06, la
persona de L.M.G.S interpuso demanda de divorcio por la causal de separación
de hecho contra P.M.N.A.; a fin que se declare la disolución del vínculo
matrimonial que contrajeron ante la Municipalidad de Santiago de Surco. Por su
parte, la demandada P.M.N.A. se apersonó al proceso y se allanó a la
pretensión de divorcio, solicitud que fue declarada improcedente. Por su parte,
la Fiscal de la Sexta Fiscalía Provincial de Familia de Lima, contestó la
demanda. Llevado el proceso sin mayores contratiempos, el Sexto Juzgado de
Familia de Lima, emitió sentencia y declaró FUNDADA la demanda de divorcio
por causal de separación de hecho; en consecuencia, disuelto el vínculo
matrimonial y fijaron una pensión alimenticia a favor de la demandada del 8%
de las remuneraciones que percibe el accionante. Al ser impugnada, la
Segunda Sala Especializada en Familia de la Corte Superior de Justicia de
Lima resolvió APROBAR la sentencia impugnada en el extremo que declaró
fundada la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho;
CONFIRMARON, el extremo que fijó una pensión de alimentos a favor de la
demandada; REVOCARON el monto establecido; REFORMÁNDOLO fijaron en
el 8% del total de los ingresos que percibe el demandado, con la deducción de
los descuentos de ley. contra ello, la demandada interpuso recurso
extraordinario de casación, resuelto por la Sala Civil Transitoria de la Corte
Suprema quien declaró FUNDADO el recurso de casación interpuesto;
CASARON la sentencia impugnada, en consecuencia, NULA la sentencia de
vista únicamente en el extremo que tácitamente desestima el pedido
indemnizatorio; y actuando en sede de instancia, REVOCARON la sentencia
apelada en cuanto declara tácitamente INFUNDADA la solicitud de
indemnización al cónyuge más perjudicado con la separación; y,
REFORMÁNDOLA, declararon FUNDADO el pedido de otorgamiento de
indemnización a favor de la demandada y ORDENÓ que el demandante pague
a favor de la demandada la suma de S/. 10,000 nuevos soles.
Link to repository: https://hdl.handle.net/20.500.12727/9964
Discipline: Derecho
Grade or title grantor: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grade or title: Abogado
Juror: Zavalaga Ortiz, Carmen Elena; Hurtado Reyes, Martín Alejandro; Romero Arteaga, Michel Alonso
Register date: 12-May-2022
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