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Título: Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 612-2013/ILN-CPC
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En el presente Informe Jurídico se analiza un Procedimiento Administrativo Sancionador de Protección al Consumidor. Este es un procedimiento iniciado de oficio por la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor de Lima Norte contra la empresa LAN Perú S.A. por la presunta infracción al artículo 19° de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. Según la investigación realizada por la Comisión, LAN Perú habría cometido las siguientes supuestas infracciones al deber de idoneidad: (i) Práctica denegatoria de check-in a pasajeros, que acudieron en el horario indicado al Aeropuerto durante el 2012 y 2013; (ii) Práctica denegatoria de abordaje a pasajeros, que tenían boletos emitidos y espacios confirmados durante el 2012 y 2013; (iii) No haber cumplido con brindar de forma íntegra las prestaciones a las cuales tenían derecho los pasajeros que, contando con boleto aéreo confirmado no habrían abordado su vuelo debido a que la aeronave se encontraba al máximo de su capacidad. Ante ello, LAN Perú presentó su escrito de descargos, señalando que estarían vulnerando los principios de Concurso de Infracciones y de Tipicidad. Asimismo, cuestionó la competencia del Indecopi para revisar este tipo de casos. Posteriormente, la Comisión emitió la Resolución N° 1252-2013/ILN-CPC mediante la cual resolvió en primera instancia declarando Fundada la denuncia de oficio, sancionando a LAN Perú con: (i) 5 UIT por la práctica denegatoria de check-in por 15 casos; (ii) 50 UIT por la práctica denegatoria de abordaje por 27 casos; (iii) Por último, archivó el extremo de no haber cumplido con brindar las prestaciones a las cuales tenían derecho los pasajeros. Ante esta situación, LAN Perú presentó su recurso de apelación reiterando lo mencionado en el escrito de descargos, y adicionalmente adjuntó medios probatorios con los cuales atendió los reclamos por los cuales se inició el presente procedimiento de oficio. Finalmente, mediante la Resolución Final N° 3869-2014/SPC-INDECOPI, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, revocó en parte la Resolución de primera instancia, señalando lo siguiente: (i) Revocó el extremo que declaró responsable a LAN por la denegatoria de check-in dejando sin efecto la multa de 05 UIT; (ii) Confirmó el extremo que declaró responsable a LAN por la denegatoria de abordaje, pero la multa fue reducida a 11 UIT. Esta resolución se basó únicamente en la presentación por parte de LAN de los medios probatorios con los cuales compensó a los pasajeros que fueron afectados por estas actividades.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Lozano Hernández, Julio Carlos; Del Campo Gaytan, Teobaldo Julio; Miñano Donayre, Alicia Liceth
Fecha de registro: 14-jul-2021



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